46. El Comité recomienda al Estado parte que:a) Establezca mecanismos, procedimientos y directrices para asegurar la denuncia obligatoria de todos los casos de abuso y explotación sexuales de niños, y garantice la disponibilidad de canales de denuncia de estas violaciones que sean accesibles, confidenciales, adaptados a los niños y eficaces; b) Efectivamente investigue y enjuicie los casos denunciados de explotación y abuso sexuales contra niños y dicte penas apropiadas, y proporcione información sobre estos casos en su próximo informe; c) Lleve a cabo actividades de sensibilización para luchar contra la estigmatización de los niños víctimas de explotación y abuso sexuales; d) Proceda a la elaboración de programas y políticas de prevención, recuperación y reinserción social de los niños víctimas, de conformidad con los documentos finales aprobados en los Congresos Mundiales contra la Explotación Sexual Comercial de los Niños.
Cumplimiento total
Cumplimiento parcial sustancial
Cumplimiento parcial
Pendiente de cumplimiento
Incumplimiento
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