11. El Estado parte debería asegurar la protección plena contra la discriminación, incluyendo la discriminación sufrida por las mujeres, la comunidad

  • 11. El Estado parte debería asegurar la protección plena contra la discriminación, incluyendo la discriminación sufrida por las mujeres, la comunidad afrohondureña y los pueblos indígenas, así como por orientación sexual e identidad de género. El Estado parte debería fortalecer el Instituto Nacional de la Mujer, particularmente por medio de un aumento de su partida presupuestaria, y la aplicación efectiva del II Plan de Igualdad y Equidad de Género, 2010-2022. Asimismo, debería asegurar el pleno reconocimiento de la igualdad de las parejas del mismo sexo y de la identidad de las personas transgénero y la protección plena contra los delitos de odio hacia las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales. Debería también adoptar medidas que incrementen la presencia de los pueblos indígenas y los afrohondureños en la vida pública y política.



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