43. El Comité recomienda al Estado parte tomar en cuenta su observación general núm. 1 (2023) , relativa a la desaparición forzada en el contexto de..

  • 43. El Comité recomienda al Estado parte tomar en cuenta su observación general núm. 1 (2023) , relativa a la desaparición forzada en el contexto de la migración, y exhorta al Estado parte, a través de la Dirección General de Protección al Hondureño Migrante y en cooperación con otros Estados de tránsito o destino, a diseñar e implementar una política pública que aborde las causas estructurales de la migración masiva, como la pobreza, las desigualdades y la violencia, así como acciones para la protección de los migrantes mientras atraviesan sus rutas migratorias, en particular, niñas y niños no acompañados. Esta política debe incluir estrategias y recursos para la búsqueda de personas desaparecidas en el contexto de la migración.



Avance en el Plan Nacional de Acción

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Acciones

Cumplimiento total

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Cumplimiento parcial sustancial

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Pendiente de cumplimiento

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Incumplimiento

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