37. El Comité reitera sus recomendaciones previas y, en consonancia con sus Principios Rectores para la Búsqueda de Personas Desaparecidas de 2019, urge al Estado parte a a) Diseñar e implementar una política pública de búsqueda y localización de personas desaparecidas, que tenga como prioridad la búsqueda con vida de las personas desaparecidas y que cuente con los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios. b) Garantizar que cuando se tenga noticia de una desaparición se inicie la búsqueda de oficio y sin dilaciones, velar por que las investigaciones continúen hasta que se haya esclarecido la suerte de la persona desaparecida. c) Promover el uso de las pruebas de base científica a través de capacitaciones especializadas en la materia, y de la adquisición de la infraestructura que sea necesaria para ello. d) Asegurar que la búsqueda sea llevada adelante por las autoridades competentes, facilitando la participación de los familiares, allegados, y representantes legales de las personas desaparecidas. e) Garantizar la efectiva coordinación, cooperación y cruce de datos entre las instituciones con competencia para la búsqueda de personas desaparecidas y la investigación de su desaparición.
Cumplimiento total
Cumplimiento parcial sustancial
Cumplimiento parcial
Pendiente de cumplimiento
Incumplimiento
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