21. El Comité insta al Estado parte a a) Garantizar que todas las víctimas de desaparición forzada puedan acceder a un sistema de reparación integral

  • 21. El Comité insta al Estado parte a a) Garantizar que todas las víctimas de desaparición forzada puedan acceder a un sistema de reparación integral y adecuado que cumpla con el artículo 24 (4) y (5) de la Convención, que sea aplicable incluso si no se ha iniciado un proceso penal y que se base en un enfoque diferencial, teniendo en cuenta la dimensión de género y las necesidades específicas de las víctimas. b) Establecer programas de asistencia pública a las familias de las víctimas, incluyendo asistencia psicosocial y un sistema de subsidios sociales de apoyo que garantice el derecho a la educación de los hijos de las personas desaparecidas, ello independientemente del contexto de la desaparición. c) Incluir en el programa social establecido por el Decreto Legislativo 04-2022 y el “Programa Social de Atención a las Familias de los Mártires de la Resistencia Hondureña” a las víctimas de desaparición forzada. d) Aprobar el reglamento interno y asegurar los recursos financieros, humanos y técnicos necesarios para la implementación del “Programa de Memoria, Verdad, Reparación, Justicia y No Repetición para la Reconciliación y Refundación de Honduras”. e) Implementar de manera efectiva el “Programa Nacional de Reparación para las víctimas de la Doctrina de Seguridad Nacional”.



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Acciones

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Cumplimiento parcial sustancial

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Pendiente de cumplimiento

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