62. El Comité recomienda al Estado parte que adopte las medidas necesarias para garantizar que no se prive del derecho al voto y a la participación...

  • 62. El Comité recomienda al Estado parte que adopte las medidas necesarias para garantizar que no se prive del derecho al voto y a la participación en la vida política y pública a ninguna persona por razón de discapacidad o por limitaciones en su capacidad jurídica y que aumente sus esfuerzos para promover a las personas con discapacidad, especialmente con discapacidad intelectual o psicosocial, en los cargos electivos y los cargos públicos. También le recomienda que intensifique sus esfuerzos por garantizar que sus procedimientos, instalaciones y materiales electorales sean plenamente accesibles para las personas con discapacidad tanto en las zonas urbanas como en las rurales. Asimismo, le recomienda que adopte las medidas legislativas necesarias para garantizar que, cuando sea necesario y a petición de ellas, se permita que una persona de su elección les preste asistencia para votar. También le recomienda que todos los colegios electorales cuenten con suficientes papeletas accesibles, para garantizar el voto asistido y secreto.



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