52. El Comité recomienda al Estado parte, en consonancia con su observación general núm. 4 (2016) sobre el derecho a la educación inclusiva, que la política de educación de las personas con discapacidad tenga un enfoque inclusivo, implementando un plan para una transición hacia la educación inclusiva, a todo nivel hasta el superior, capacitando a docentes y disponiendo de los apoyos y recursos necesarios, tales como la disposición de textos escolares en braille, en lectura fácil, en formato electrónico accesible, e intérpretes de lengua de señas, para llevar a cabo dicha inclusión, en particular, que se tome en cuenta a las personas con discapacidad intelectual o psicosocial, sordociegos y de comunidades afrohondureñas e indígenas. Le recomienda también que desarrolle e integre los derechos de las personas con discapacidad en la formación de docentes. Asimismo, el Comité recomienda que la Universidad Nacional Autónoma de Honduras vuelva a abrir dentro de su oferta académica la carrera de técnico intérprete en la lengua de señas.
Cumplimiento total
Cumplimiento parcial sustancial
Cumplimiento parcial
Pendiente de cumplimiento
Incumplimiento
# | Acción Institucional | Acción PNADH | Institución | Opciones |
---|
# | Acción Institucional | Acción PNADH | Institución | Opciones |
---|
# | Acción Institucional | Acción PNADH | Institución | Opciones |
---|
# | Acción Institucional | Acción PNADH | Institución | Opciones |
---|
# | Acción Institucional | Acción PNADH | Institución | Opciones |
---|