39. Recordando su recomendación general núm. 24 (1999), relativa a la mujer y la salud, y teniendo en cuenta su declaración sobre la salud y los...

  • 39. Recordando su recomendación general núm. 24 (1999), relativa a la mujer y la salud, y teniendo en cuenta su declaración sobre la salud y los derechos sexuales y reproductivos, aprobada en su 57° período de sesiones en 2014, el Comité señala que el aborto en condiciones de riesgo constituye una de las principales causas de morbilidad y mortalidad maternas. Reitera las recomendaciones que formuló anteriormente sobre esta cuestión (CEDAW/C/HND/CO/7-8, párrs. 37 y 39), y recomienda al Estado parte que: a) Legalice el aborto, como mínimo en casos de violación, incesto, riesgo para la vida de la mujer embarazada y malformación fetal grave, lo despenalice en todos los demás casos y garantice que las mujeres y las niñas tengan acceso a un aborto seguro y a atención posterior al aborto; b) Garantice la distribución y comercialización gratuitas de anticonceptivos de emergencia, en particular para las mujeres y niñas víctimas de violencia sexual, y garantice que las mujeres tengan acceso a los servicios y la información en materia de salud sexual y reproductiva, incluida la planificación familiar, con el fin de prevenir el embarazo precoz y las infecciones de transmisión sexual; c) Adopte una estrategia para prevenir y tratar el cáncer de cuello uterino, entre otras cosas, mediante la difusión de información sobre los vínculos entre el papilomavirus humano y el cáncer de cuello uterino, aumentando la educación y concienciación tanto de hombres como de mujeres sobre los métodos de prevención y velando por que todas las mujeres y las niñas tengan acceso a las pruebas de detección periódicas y al calendario de vacunación completo, especialmente en las zonas rurales y remotas; d) Refuerce las iniciativas destinadas a garantizar que los adolescentes y las mujeres y los hombres jóvenes, en particular los que no están escolarizados, tengan acceso a una educación adaptada a su edad y científicamente probada sobre salud y derechos sexuales y reproductivos, en particular sobre el comportamiento sexual responsable; e) Garantice que las mujeres y las niñas con VIH/sida tengan acceso gratuito a medicamentos antirretrovíricos para prevenir la transmisión maternofilial, promueva las pruebas voluntarias de detección del VIH, sensibilice a las mujeres y los hombres, incluidos los que tienen comportamientos sexuales de riesgo y los que viven con el VIH, de sus responsabilidades a la hora de reducir la transmisión del VIH y otras infecciones de transmisión sexual a sus parejas, e integre la perspectiva de género en sus políticas de lucha contra el VIH/sida.



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