31. El Comité recomienda que el Estado parte fortalezca los mecanismos dirigidos a la protección de los trabajadores migratorios hondureños y sus familiares que son víctimas de delitos, o abusos por parte de autoridades, a lo largo de su migración hacia el norte, y de manera especial en México. En particular, el Comité recomienda al Estado parte el fortalecimiento de programas y medidas específicas que les garanticen a los trabajadores migratorios el acceso a la justicia y otras formas de reparación de los derechos afectados, así como a través de acciones dirigidas a facilitar acceso a los beneficios establecidos en la Ley General de Víctimas adoptada por México.
Cumplimiento total
Cumplimiento parcial sustancial
Cumplimiento parcial
Pendiente de cumplimiento
Incumplimiento
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