46. El Comité recomienda al Estado parte a que: a) Elabore reglamentos y directivas claras para la evaluación del impacto social y ambiental que puedan tener los proyectos de explotación de recursos naturales en todo el territorio del Estado parte, particularmente aquellos que se desarrollan en territorios de pueblos indígenas y afrohondureños; yb) Garantice que las comunidades afectadas, incluyendo los pueblos indígenas y afrohondureños, por las actividades de explotación de los recursos naturales en sus territorios sean consultados, obtengan compensaciones por daños o pérdidas sufridas y tengan una participación en los beneficios obtenidos de dichas actividades.
Cumplimiento total
Cumplimiento parcial sustancial
Cumplimiento parcial
Pendiente de cumplimiento
Incumplimiento
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