38. El Comité recomienda al Estado parte que: a) Establezca un sistema de protección integral a favor de los niños, niñas y adolescentes, particularmente para aquellos que se encuentran en una situación especial de vulnerabilidad, incluyendo los niños en situación de calle; b) Lleve a cabo con un estudio exhaustivo sobre el alcance de la situación de los niños en situación de calle que permitan abordar este problema de manera integral; c) Adopte medidas efectivas para proteger a los niños, niñas y adolescentes que son víctimas de violencia y prevenir que éstos sean reclutados por las maras o pandillas y utilizados para llevar a cabo acciones delictiva;d) Adopte medidas eficaces de prevención y lucha contra la explotación económica de los niños, velando por que las disposiciones jurídicas relativas al trabajo de los niños se apliquen enérgicamente y fortaleciendo los mecanismos de inspección del trabajo infantil y brindando apoyo a las familias pobres para asegurar que los niños y niñas asistan a la escuela; y e) Se asegure de que todos los casos de explotación económica, o de cualquier otro tipo, de niños sean investigados exhaustivamente y los responsables sean debidamente castigados.
Cumplimiento total
Cumplimiento parcial sustancial
Cumplimiento parcial
Pendiente de cumplimiento
Incumplimiento
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