12. El Estado parte debe: a) Garantizar, en la práctica, que las personas privadas de libertad gocen de todas las salvaguardias legales fundamentales.

  • 12. El Estado parte debe: a) Garantizar, en la práctica, que las personas privadas de libertad gocen de todas las salvaguardias legales fundamentales a partir del mismo momento del arresto, en particular, los derechos a ser informados de los motivos de su detención y de la naturaleza de los cargos que se formulen en su contra, a ser inscriptos en el registro del lugar de detención, a recibir asistencia letrada sin demora y a solicitar un examen médico realizado por un profesional de su elección; b) Velar por el correcto mantenimiento de los registros de detención, y garantizar el acceso a los mismos; c) Reforzar los recursos de la Dirección General de la Defensa Pública.



Avance en el Plan Nacional de Acción

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Acciones

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