20. El Estado parte debe: a) Redoblar sus esfuerzos por aliviar el hacinamiento en las instituciones penitenciarias, principalmente mediante el recurso a medidas alternativas a la pena privativa de libertad; b) Proseguir los trabajos de mejora de las instalaciones penitenciarias existentes; c) Garantizar la seguridad en el interior de los centros penitenciarios mediante la adecuada formación de los funcionarios de prisiones y el desarrollo de estrategias de reducción de la violencia entre los recursos; d) Velar por la estricta separación entre los detenidos en prisión preventiva y los presos que cumplen condena. En establecimientos penitenciarios mixtos, el pabellón destinado a las mujeres deberá estar completamente separado del de los hombres; e) Garantizar sin demora la asignación de recursos necesarios para la correcta atención médica y sanitaria de los reclusos; f) Desarrollar programas dirigidos a la reinserción social de los reclusos.
Cumplimiento total
Cumplimiento parcial sustancial
Cumplimiento parcial
Pendiente de cumplimiento
Incumplimiento
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