El Código de la Niñez y la Adolescencia (promulgado en 1996) establece en su artículo 1, que se entiende por niña y niño a toda persona menor de 18 años y agrega que la adolescencia inicia en las mujeres desde los 14 hasta los 18 años y en los hombres después de los 12 y hasta los 18 años.
Por el contrario, la Ley Marco para el Desarrollo Integral de la Juventud, promulgada varios años después del Código de la Niñez y la Adolescencia define a los jóvenes como todas aquellas personas comprendidas entre los 12 y los 30 años (artículo 2).
Es importante destacar que la juventud es una categoría social que se construye culturalmente, esto es, que el contenido que asume ser joven depende de los contenidos, significados, interpretaciones y valoraciones que le asignen o realicen los diferentes actores sociales, económicos, políticos e ideológicos del país. En esta dirección, definimos que “la adolescencia es una edad biológica marcada por ciertos cambios fisiológicos y a la juventud como una edad social, en donde prepondera la percepción social que se tiene de estos cambios y los efectos que producen en cada sistema social”.
Cumplimiento total
Cumplimiento parcial sustancial
Cumplimiento parcial
Pendiente de cumplimiento
Incumplimiento
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