PERSONAS EN SITUACIÓN DE MOVILIDAD

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  • La movilidad humana desde la óptica de los derechos humanos se refiere al derecho de todas las personas a desplazarse de manera segura y digna, sin importar las razones que motiven su movilidad. Este concepto abarca todas las formas de desplazamiento, incluyendo la migración voluntaria o forzada, el refugio, el desplazamiento interno y el asilo, reconociendo que las personas en tránsito deben ser protegidas sin discriminación alguna.

    Desde una perspectiva de derechos humanos, la movilidad humana no se reduce únicamente a la cuestión del control migratorio o las políticas de seguridad, sino que se basa en la protección de la dignidad, la vida y los derechos fundamentales de las personas en movimiento. Esto implica que los Estados tienen la obligación de garantizar el respeto a los derechos de los migrantes y refugiados, evitando prácticas como la detención arbitraria, la discriminación, la trata de personas, la explotación laboral o la violencia en sus distintas formas.

    El principio de no devolución es clave en este enfoque, pues prohíbe que una persona sea regresada a un país donde su vida o integridad estén en riesgo. Asimismo, el derecho a la nacionalidad, la reunificación familiar, la no discriminación y el acceso a servicios básicos como salud, educación y empleo deben garantizarse para todas las personas en situación de movilidad.

    Desde esta óptica, la movilidad humana es un fenómeno natural y un derecho, por lo que las políticas públicas deben centrarse en la protección y la integración de quienes migran, en lugar de criminalizar su tránsito. La cooperación internacional, la solidaridad y el enfoque basado en derechos humanos son esenciales para garantizar una movilidad segura, ordenada y respetuosa de la dignidad de todas las personas.


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