La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, identificó que el ODS 16 se encuentra asociado a los siguientes derechos:
Derecho a la vida, la libertad y seguridad personal en el art. 3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (UDHR); arts. 6(1), 9(1) del Pacto Internacional de Civiles y Políticos (ICCPR).
Protección de los niños de todas las formas de violencia, abuso o explotación en los arts. 19, 37(a) de la Convención sobre los Derechos del Niño (CRC), entre otros.
Derecho de acceso a la justicia y al debido proceso en los arts. 8 y 10 de la UDHR; arts. 2(3), 14-15 de la ICCPR; y art. 2(c) de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW)
Derecho a la personalidad jurídica en el art. 6 de la UDHR; art. 16 del ICCPR; y art. 12 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad CRPD.
Derecho a participar en asuntos públicos ene el art. 21 de la UDHR y art. 25 del ICCPR.
Derecho de acceso a la información art. 19 de la UDHR y art. 19(1) del ICCPR.
Cumplimiento total
Cumplimiento parcial sustancial
Cumplimiento parcial
Pendiente de cumplimiento
Incumplimiento
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