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Según el artículo 29 de la Ley Fundamental de Educación menciona que "sin perjuicio de otras atribuciones de su competencia, corresponde a la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación a través de sus estructuras, ejecutar en el ámbito de su competencia, la política educativa nacional establecida por el Consejo Nacional de Educación."
“Somos la Institución del Estado, que ejecuta la política educativa nacional y autoriza, organiza, dirige y supervisa la educación en los niveles de Educación Pre-Básica, Básica y Media del Sistema Educativo Formal, garantizando el acceso a los servicios educativos con calidad, equidad, transparencia y participación a las niñas, niños, jóvenes y adultos para el bienestar humano integral, que contribuyan al desarrollo económico, científico, tecnológico, social y cultural del país.”
“Al año 2030, Honduras contará con un Sistema Nacional de Educación inclusivo, eficaz,eficiente y pertinente a las necesidades del país y sus regiones, que ofrezca al hondureño oportunidades de formación integral permanente para la vida, que le permita construir su propio bienestar y contribuir al desarrollo sostenible del país.”
Cumplimiento total
Cumplimiento parcial sustancial
Cumplimiento parcial
Pendiente de cumplimiento
Incumplimiento